Hacia la construcción de un sistema de responsabilidad civil justo para el régimen de daños por productos elaborados : una mirada Rawlsiana.
Abstract
En los últimos 50 años vivimos una verdadera explosión
de la problemática de los daños al consumidor.
De todo el amplio espectro de temas que abarca esta situación
nos hemos abocado a lo que consideramos el nodo
central del Derecho de Daños, los factores de atribución de
responsabilidad, es decir, las razones por las cuales se justifica
la adjudicación de la carga de los costos del daño (o su
prevención) a un sujeto determinado, ya sea víctima, agente
causal o tercero.
Determinar y justificar una regla jurídica que regule la
atribución de responsabilidad por daños al consumidor dista
de ser una tarea sencilla porque se trata de un fenómeno complejo,
multifacético y mutable. Constituye un enorme desafío
poder captar la realidad de los daños en el consumo y desde
allí poder articular soluciones jurídicas satisfactorias.
En esta investigación nos apartamos de lo que constituye
la labor tradicional de la Dogmática Jurídica, entendida como
exégesis de textos normativos, relevamientos de doctrina judicial
y autoral, críticas, y propuestas de lege lata y lege
ferenda.
Precisamente la complejidad del tema nos llevó a realizar
un esfuerzo de jurisprudencia normativa, en el sentido
de buscar las justificaciones que se brindan a las soluciones
propuestas. Ello nos permitió situarnos en los límites mismos
de la Ciencia Jurídica y considerar los aportes de visiones
diferentes en torno a esta cuestión, como el Análisis Económico
del Derecho, la Filosofía Moral, y la Teoría de las
Decisiones.
Creemos que el mayor valor de utilizar estas herramientas
radica en que el Derecho puede nutrirse de una combinación
de esos razonamientos y, fuera del alcance de intentos
reduccionistas, lograr un equilibrio complejo a la hora de cumplir
su labor consistente en regular conductas con equidad.
La tesis plantea parte de una combinación de Análisis
Económico del Derecho, Filosofía Moral y Teoría de las Decisiones,
para justificar un factor de atribución por daños al
consumidor que estimamos justo; porque sin dejar de ocuparse
de la eficiencia, también es sensible a la existencia de distintos
tipos de daños, y le brinda una solución especial a los
perjuicios personales, poniendo a resguardo los bienes primarios
de los seres humanos en atención a la particular incidencia
en los derechos esenciales de los individuos.
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