Registro fiscal de operadores de granos: análisis, conflictos y propuestas
Fecha
2018Autor
Tejerina, Diego Rubén
Director/a
Crespi, Germán
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
A casi un año de la salida del cepo cambiario, la eliminación de las retenciones para todos los cultivos a excepción de la soja y la liberación de las restricciones a las exportaciones, el mercado granario tomó un papel preponderante en la economía de nuestro
país. Argentina siempre fue considerado, desde hace décadas, como el granero del mundo. Si bien hoy en día esta frase no es más que un recuerdo de nuestra historia, la actividad y el comercio de granos es importante para nuestra economía.
Ante el inminente crecimiento e importancia de la actividad agropecuaria en la productividad del país es que AFIP toma en consideración a este sector productivo y decide intensificar el control impositivo. Por ello crea un registro fiscal para tener un control estricto e individualizado del comercio de granos denominado Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres (RFOG), instituido por la Resolución General (R.G.) Nº 129/1998, sancionada el 23/04/1998. Actualmente, el RFOG se encuentra regulado por la RG Nº 2300/2007.
El objetivo principal y la razón que justifica su existencia es el control de la evasión de impuestos en el comercio de granos, posibilitando contar con un universo acotado y verificado de los integrantes de la cadena granaria. Como la actividad agrícola experimentó un gran crecimiento, ello conlleva también a grandes incrementos monetarios de parte de los principales integrantes del comercio agrícola. Por este motivo, la Administración Tributaria no puede estar al margen, ya que se le escaparía una considerable cantidad de recaudación al no ejercer un control adecuado sobre la actividad.
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