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dc.contributor.advisorEstévez, Luciano
dc.contributor.authorMiani, Micaela
dc.date.accessioned2021-04-07T19:32:16Z
dc.date.available2021-04-07T19:32:16Z
dc.date.issued2020
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11086/17629
dc.description.abstractEl presente trabajo tiene como objetivo generar una propuesta para instituir un organismo administrativo en la provincia de Córdoba con facultades jurisdiccionales que controle la actividad de la administración fiscal, con independencia funcional y orgánica asegurando imparcialidad. La justicia ordinaria, por la propia organización del procedimiento y complejidad de las cuestiones que se debaten, sumado al número de causas que deben resolverse, no puede expedirse con la celeridad que, tanto el contribuyente como el Estado, necesitan. Con la existencia de tribunales fiscales administrativos se busca poner a las administraciones fiscales como gestoras del interés fiscal del Estado en un plano de igualdad con el contribuyente, resguardando los derechos consagrados en la Constitución Nacional. Si bien, los tribunales fiscales forman parte de la esfera administrativa, son tribunales independientes y especializados en materia tributaria. Precisamente, la relación que vincula al fisco con el contribuyente no es de poder sino de derecho. La importancia del principio de igualdad de las partes en la relación de derecho, radica en que “La relación jurídico-tributaria es una relación de coordinación y no de subordinación, constituida no entre el Estado y el particular, sino entre la administración y el particular. El acreedor del tributo, sujeto activo de la relación jurídico-tributaria, es la administración fiscal. Ésta actuaría, pues, como Estado-administrador en contraposición a Estado-legislador y Estado-juez. En esa actuación como acreedor, el Estado-administrador se encuentra con respecto al contribuyente en un plano de absoluta igualdad. Los derechos y obligaciones de cada una de las partes se hallan establecidos únicamente por la Ley, y sus discrepancias deben ser resueltas por los órganos jurisdiccionales” Es por ello, que los tribunales fiscales administrativos otorgan una mejora en la protección de los derechos del contribuyente, en el sentido que aseguran mayores garantías a los contribuyentes, para evitar que el órgano fiscalizador sea juez y parte en el mismo proceso. De experiencias pasadas -como asimismo de países y/o provincias de la Argentina que actualmente poseen tribunales fiscales administrativos- se observa que mejora la solución de problemas que se plantean entre los contribuyentes y el fisco. Por otro parte, permitiría al fisco avocarse a sus principales funciones que son recaudar y fiscalizar los tributos, sacando de su órbita una labor en esencia judicial.es
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectCórdobaes
dc.subjectArgentinaes
dc.subjectOrganismo administrativoes
dc.subjectAdministración fiscales
dc.subjectTribunales fiscales administrativoses
dc.subjectSARS-CoV-2
dc.subjectCOVID-19
dc.subjectCOVID 19
dc.subjectCovid-19
dc.titleTribunales fiscales administrativos: ¿una nueva oportunidad para el ex Tribunal Fiscal de Apelaciones de la provincia de Córdoba?es
dc.typebachelorThesises
dc.description.filFil: Miani, Micaela. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Ciencias Económicas; Argentina.es


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