Abstract
La imposición de contribuciones obligatorias a favor de la entidad sindical cuyo convenio colectivo abarca a los trabajadores reclamantes, aunque los mismos no estén afiliados a dicha entidad, si tales contribuciones son de duración permanente y de cuantía significativamente similar a la de la cuota de afiliación vulnera la libertad sindical negativa de dichos trabajadores y siendo la sentencia constitutiva de derechos, en el futuro no se les podrá continuar efectuando dicha retención.-