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dc.contributor.authorFushimi, Jorge Fernando
dc.date.accessioned2022-07-25T21:08:08Z
dc.date.available2022-07-25T21:08:08Z
dc.date.issued2014
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11086/27464
dc.description.abstractEl reintegro de capital como remedio para evitar la disolución de la sociedad por pérdida del capital social ha sido analizado por la doctrina nacional de una manera contradictoria, aunque en los últimos tiempos parecieran existir consensos. La corriente mayoritaria sostiene que el reintegro del capital es una aportación atípica que realizan los socios o accionistas de la sociedad para recomponer el desequilibrio patrimonial que se produce cuando las pérdidas superan a las cuentas positivas del patrimonio neto, o, dicho de otra manera, cuando el pasivo supera al activo. Esta aportación atípica implica que el socio o accionista no recibe nada como contraprestación, siendo su única contrapartida el incremento del valor patrimonial proporcional, de allí que se sostenga que es un acto a título gratuito. Además la doctrina mayoritaria sostiene que la decisión asamblearia es obligatoria para todos los socios, aún para los que votaron en contra de ellos, por lo que todos estarán obligados a reintegrar. Finalmente, la posición mayoritaria sostiene que el reintegro de capital es exactamente lo opuesto a la operación acordeón, la cual implica reducir el capital –aún hasta cero- para posteriormente aumentarlo hasta el monto del nuevo capital. Este trabajo pone en crisis tales posiciones y terminará concluyendo que el reintegro es la operación acordeón y que en ningún caso, ni entendido de la manera tradicional, ni de la manera que lo hacemos en este trabajo, la decisión asamblearia que así lo dispone puede ser obligatoria para los socios ausentes o que votaron en contra.es
dc.description.urihttp://www.revistas.unc.edu.ar/index.php/esdeem/article/view/8810
dc.format.mediumElectrónico y/o Digital
dc.language.isospaes
dc.rightsAtribución – No Comercial – Sin Obra Derivada 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectReintegro de capitales
dc.subjectDisolución societariaes
dc.subjectPérdida del capital sociales
dc.titleEl reintegro de capital es la operación acordeónes
dc.typearticlees
dc.description.versionpublishedVersiones
dc.description.filFil: Fushimi, Jorge Fernando. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Ciencias Económicas; Argentina.es
dc.journal.cityCórdobaes
dc.journal.countryArgentinaes
dc.journal.editorialUniversidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Departamento de Derecho Comercial y de la Navegación.es
dc.journal.pagination146-157es
dc.journal.referatoCon referato
dc.journal.titleEstudios de Derecho Empresarioes
dc.journal.volume3es
dc.description.fieldDerecho
dc.identifier.eissn2346-9404


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Atribución – No Comercial – Sin Obra Derivada 4.0 Internacional
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