Abstract
La Corte de Arbitraje en su fallo (abril-mayo 1977) cita algunos antecedentes,
según los cuales reconoce que “todo territorio en Hispanoamérica, no importando
cuán remoto o inhóspito sea, se considera como habiendo formado parte de alguna de
las antiguas divisiones administrativas de la colonia española (Virreinatos,
Capitanías Generales, etc.)”. De ahí se desprende que, no existía en Hispanoamérica
ningún territorio que tuviera la condición de res nullius.