Una constitución para todas las épocas. Algunas notas sobre el derecho constitucional en tiempo de pandemia
Date
2020-12Author
Barrera Buteler, Guillermo Eduardo
Álvarez, Magdalena I.
Pérez Corti, José M.
Solá, Victorino
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A fin de que se aprecie la trascendencia del asunto que convoca la atención del lector, ¿podría, acaso, reconocerse -con valor definitivo- que la emergencia no está más que compuesta por una variedad de eventos o acontecimientos en particular, esto es, las emergencias?, ¿O, en contraste, sería completo adentrarse en el estudio de tales situaciones sin indicar algunas reglas y principios capaces de explicar a todo suceso en este terreno, es decir, desde el enclave de una teoría general de la emergencia?
Por lo pronto, ha de apuntarse que la ‘emergencia’ “debería connotar un tipo de necesidad caracterizada por su ‘extrema gravedad’, por su ‘imprevisibilidad’ y por requerir remedios excepcionales de ‘aplicación restrictiva’ (en lo material, en lo subjetivo, en lo espacial y en lo temporal)”. De allí que los escenarios de excepción no son -no pueden, ni deben ser- momentos de reforma. Durante su vigencia, la institucionalidad está seriamente conmovida. El equilibrio de poderes y, con él, el resguardo adecuado y eficaz de derechos y garantías que se encuentran decididamente afectados. Precisamente -en contextos de emergencia- se impone la equivalente limitación del ejercicio del poder por los órganos del Estado encargados de
afrontar la situación, con un objetivo principal e insoslayable: restablecer la regularidad constitucional inmediatamente.
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El derecho argentino frente a la pandemia y post-pandemia covid-19 / Guillermo Barrera Buteler ... [et al.]; dirigido por Guillermo Barrera Buteler. - 1a ed.- Córdoba: Universidad Nacional de Córdoba, 2020.
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